Queridos clientes y amigos,
Ante la emergencia sanitaria ante la que nos enfrentamos (coronavirus COVID-19), y a la vista de las medidas personales que todos tenemos que adoptar para evitar la expansión de la pandemia, en LIFE ABOGADOS hemos tomado las medidas oportunas para que tanto nuestros clientes como nuestros empleados puedan continuar con su actividad personal y profesional con la máxima seguridad. Para ello, teletrabajaremos desde nuestros domicilios, si bien, estaremos plenamente operativos. En consecuencia, permaneceremos abiertos “virtualmente” durante el período en que dure esta situación, por lo que podréis contactar con nosotros como hacéis habitualmente.
Conscientes de las dificultades de algunas actividades empresariales, el despacho permanecerá en estado de alerta durante estos días para atender vuestras necesidades y os recordamos que contamos con expertos en la materia que podrían echaros una mano si, dadas las circunstancias, tuvierais que acometer medidas drásticas en materia de personal, tales como expedientes de suspensión de contratos (ERTE) o contratos con las Administraciones Públicas, o de prestación de servicios públicos, en los que igualmente os podríais ver afectados en el supuesto de suspensión del servicio o reducción del mismo. En ambos casos, al margen del seguir atendiendo el resto de cuestiones, no dudéis en contactar con nosotros.
Para tratar de paliar el efecto del coronavirus, el Gobierno aprobó ayer un Real Decreto-ley (RD-L 7/2020, de 12 de marzo), publicado hoy en el BOE, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Estas medidas son de momento muy timoratas en el ámbito fiscal, pues únicamente prevén el aplazamiento de deudas tributarias a los pequeños contribuyentes (aquellos cuyo volumen de operaciones sea inferior a 6 millones de euros), por un plazo de hasta 6 meses y sin intereses durante los 3 primeros meses del aplazamiento, permitiendo incluso el aplazamiento de retenciones practicadas, cuotas de IVA, y cuotas de pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (no extensivo a los pagos fraccionados de personas físicas).
Al margen de la calificación de las medidas fiscales aprobadas, y a pesar de que éstas no son extensivas las empresas cuya cifra de negocios sea superior a 6 millones de euros (que también se están viendo seriamente afectadas), somos conscientes que esta situación sanitaria está afectando igualmente a toda la población, con independencia del tamaño del negocio, por lo que si vuestras compañías se encontraran por encima del citado umbral y se vieran afectadas desde un punto de vista financiero, os animamos a utilizar todos los resortes de la ley para tratar de evitar que las cuestiones de índole tributaria agraven, si cabe, los efectos económicos de la crisis. A tal fin, nos ponemos a vuestra entera disposición para iniciar cuantas acciones sean necesarias para evitar que esto suceda, pues existen alternativas extraordinarias que en algunos casos pueden servir para evitar incurrir en importantes recargos o sanciones por cumplir tardía o extemporáneamente con las obligaciones fiscales.
Somos igualmente conocedores que hay muchas obligaciones de naturaleza tributaria cuya solución aún no ha sido abordada por el Gobierno, tales como (i) la comunicación “en plazo” a través del SII (Suministro Inmediato de Información de IVA), circunstancia que afecta tanto a la obligación de reportar información sobre facturas emitidas y recibidas, (ii) el cumplimiento en plazo de las obligaciones de liquidación y pago de obligaciones tributarias, etc…., habida cuenta de que muchas empresas no se encuentran adaptadas tecnológicamente para que sus empleados puedan cumplir con estas obligaciones desde equipos situados fuera de sus lugares habituales de trabajo.
Sobre este particular, la Agencia Tributaria (AEAT) ha anunciado oficiosamente que se está estudiando una posible norma que acuerde el aplazamiento de los procedimientos tributarios (plazos de presentación de alegaciones, recursos, etc…), lo que no significa, a priori, que se vaya a aprobar el aplazamiento indiscriminado de los plazos de pago de las deudas tributarias. Desde LIFE ABOGADOS informaremos puntualmente de cualquier medida de carácter tributaria que afecte a las relaciones entre los contribuyentes y las Administraciones Públicas.
Esperemos que con la colaboración de todos, esta alerta sanitaria sea en breve un episodio que nos haya enseñado a estar preparados ante las situaciones más inesperadas.
Como siempre, desde LIFE ABOGADOS os enviamos un mensaje de tranquilidad.
Un abrazo (en la distancia)