Archivo | marzo, 2020

ESTADO DE ALARMA Y DERECHOS CONSTITUCIONALES. GUÍA PARA ENTENDER EL ESCENARIO ACTUAL

31 Mar

Os paso el link al artículo que he publicado en el blog de LIFE ABOGADOS para intentar entender el alcance y gravedad de la declaración del estado de alarma.

La tesis es básicamente, que esa declaración condiciona de tal manera el ordenamiento jurídico que ninguna situación puede analizarse ni resolverse sin tener en cuenta las implicaciones que conlleva la vigencia de esa norma limitativa de derechos fundamentales.

ESTADO DE ALARMA Y DERECHOS CONSTITUCIONALES

Los efectos jurídicos del COVID-19 en el cumplimiento de los contratos

26 Mar

Estimados clientes y amigos,

Durante los próximos meses afrontaremos, sin duda, situaciones complicadas en nuestras empresas que comprometerán su capacidad de cumplir los compromisos y obligaciones contraídas con anterioridad a la pandemia. Si bien el incumplimiento contractual está, por regla general, proscrito en nuestro ordenamiento y lleva siempre asociada la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados, existen determinadas situaciones que, por su excepcionalidad, lo justifican y exoneran a la parte incumplidora de la obligación de indemnizar.

En la presente comunicación analizamos desde esta óptica la fuerza mayor y el cambio sobrevenido de circunstancias.

La más importante de las advertencias que contiene este documento es que el incumplimiento no se puede generalizar ni puede ser unilateral e impuesto y que es obligado analizar caso por caso y diseñar una estrategia específica tendente a alcanzar un acuerdo que permita la modificación del contrato para adaptar las obligaciones previstas en el mismo a la nueva situación.

Estamos, como siempre, a vuestra disposición, para aclarar cualquier duda que el contenido de la circular pueda generaros o completarla, si fuese necesario.

COVID 19. EFECTO EN LOS CONTRATOS

EL EQUIPO DE LIFE ABOGADOS

LIFE ABOGADOS: Guías de las medidas aprobadas en las áreas fiscal, mercantil, financiero y laboral.

20 Mar

Estimados clientes y amigos,

Sin duda estamos viviendo acontecimientos que resultaban impensables y que a buen seguro van a dejar mella en todos nosotros. Estos acontecimientos hacen que en estos momentos contactemos con vosotros para interesarnos por vuestro estado y para poneros al día de las últimas medidas adoptadas.

En primer lugar, esperamos que el coronavirus COVID-19 os haya respetado, y que tanto vosotros y vuestras familias os encontréis bien de salud, que a fin de cuentas es lo más importante.

Esta crisis sanitaria no sólo está produciendo efectos en nuestra salud, en nuestra movilidad y en nuestro quehacer diario, sino que también va a tener una importante repercusión en la economía, en el mundo laboral y en la rentabilidad de nuestras compañías. En una crisis como ésta -como sucede en cualquier guerra-, la gran mayoría somos damnificados y sufrimos de un modo u otro sus consecuencias. No obstante, para salir de esta situación lo antes posible (al margen del seguimiento de las recomendaciones sanitarias, higiénicas y de confinamiento) debemos aprovechar alguna de las medidas aprobadas recientemente.

En este sentido, el Gobierno ha venido aprobando en la última semana una serie de medidas que de un modo u otro afectan a toda la ciudadanía y al conjunto del tejido empresarial, las cuales tratan de paliar (en algunos casos de forma muy timorata, por no decir, claramente insuficiente – al castigarse de forma evidente a las Grandes Empresas, para quienes no se han aprobado medidas relevantes que permitan afrontar la dura situación financiera-), los efectos económicos de la crisis.

Aunque el despacho permanece cerrado para proteger la salud de sus empleados, clientes y proveedores, y de todas sus familias, todo el equipo seguimos en activo mediante tele-trabajo, asistiendo a nuestros clientes. Hemos estado trabajando en la elaboración de unas sencillas Guías con la recapitulación de las medidas aprobadas en las áreas fiscal, mercantil, financiero y laboral.

Igualmente, y para facilitar su seguimiento, hemos confeccionado un cuadro recapitulativo con las obligaciones tributarias afectadas y sus plazos de cumplimiento.

Puedes acceder a las mencionadas Guías a través de los siguientes links:

GUÍA FISCAL

CUADRO OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

GUÍA MERCANTIL

GUÍA FINANCIERO Y BANCARIO

GUÍA LABORAL Y ERTES

LIFE Abogados: info coronavirus

14 Mar

Queridos clientes y amigos,

Ante la emergencia sanitaria ante la que nos enfrentamos (coronavirus COVID-19), y a la vista de las medidas personales que todos tenemos que adoptar para evitar la expansión de la pandemia, en LIFE ABOGADOS hemos tomado las medidas oportunas para que tanto nuestros clientes como nuestros empleados puedan continuar con su actividad personal y profesional con la máxima seguridad. Para ello, teletrabajaremos desde nuestros domicilios, si bien, estaremos plenamente operativos. En consecuencia, permaneceremos abiertos “virtualmente” durante el período en que dure esta situación, por lo que podréis contactar con nosotros como hacéis habitualmente.

Conscientes de las dificultades de algunas actividades empresariales, el despacho permanecerá en estado de alerta durante estos días para atender vuestras necesidades y os recordamos que contamos con expertos en la materia que podrían echaros una mano si, dadas las circunstancias, tuvierais que acometer medidas drásticas en materia de personal, tales como expedientes de suspensión de contratos (ERTE) o contratos con las Administraciones Públicas, o de prestación de servicios públicos, en los que igualmente os podríais ver afectados en el supuesto de suspensión del servicio o reducción del mismo. En ambos casos, al margen del seguir atendiendo el resto de cuestiones, no dudéis en contactar con nosotros.

Para tratar de paliar el efecto del coronavirus, el Gobierno aprobó ayer un Real Decreto-ley (RD-L 7/2020, de 12 de marzo), publicado hoy en el BOE, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Estas medidas son de momento muy timoratas en el ámbito fiscal, pues únicamente prevén el aplazamiento de deudas tributarias a los pequeños contribuyentes (aquellos cuyo volumen de operaciones sea inferior a 6 millones de euros), por un plazo de hasta 6 meses y sin intereses durante los 3 primeros meses del aplazamiento, permitiendo incluso el aplazamiento de retenciones practicadas, cuotas de IVA, y cuotas de pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (no extensivo a los pagos fraccionados de personas físicas).

Al margen de la calificación de las medidas fiscales aprobadas, y a pesar de que éstas no son extensivas las empresas cuya cifra de negocios sea superior a 6 millones de euros (que también se están viendo seriamente afectadas), somos conscientes que esta situación sanitaria está afectando igualmente a toda la población, con independencia del tamaño del negocio, por lo que si vuestras compañías se encontraran por encima del citado umbral y se vieran afectadas desde un punto de vista financiero, os animamos a utilizar todos los resortes de la ley para tratar de evitar que las cuestiones de índole tributaria agraven, si cabe, los efectos económicos de la crisis. A tal fin, nos ponemos a vuestra entera disposición para iniciar cuantas acciones sean necesarias para evitar que esto suceda, pues existen alternativas extraordinarias que en algunos casos pueden servir para evitar incurrir en importantes recargos o sanciones por cumplir tardía o extemporáneamente con las obligaciones fiscales.

Somos igualmente conocedores que hay muchas obligaciones de naturaleza tributaria cuya solución aún no ha sido abordada por el Gobierno, tales como (i) la comunicación “en plazo” a través del SII (Suministro Inmediato de Información de IVA), circunstancia que afecta tanto a la obligación de reportar información sobre facturas emitidas y recibidas, (ii) el cumplimiento en plazo de las obligaciones de liquidación y pago de obligaciones tributarias, etc…., habida cuenta de que muchas empresas no se encuentran adaptadas tecnológicamente para que sus empleados puedan cumplir con estas obligaciones desde equipos situados fuera de sus lugares habituales de trabajo.

Sobre este particular, la Agencia Tributaria (AEAT) ha anunciado oficiosamente que se está estudiando una posible norma que acuerde el aplazamiento de los procedimientos tributarios (plazos de presentación de alegaciones, recursos, etc…), lo que no significa, a priori, que se vaya a aprobar el aplazamiento indiscriminado de los plazos de pago de las deudas tributarias. Desde LIFE ABOGADOS informaremos puntualmente de cualquier medida de carácter tributaria que afecte a las relaciones entre los contribuyentes y las Administraciones Públicas.

Esperemos que con la colaboración de todos, esta alerta sanitaria sea en breve un episodio que nos haya enseñado a estar preparados ante las situaciones más inesperadas.

Como siempre, desde LIFE ABOGADOS os enviamos un mensaje de tranquilidad.

Un abrazo (en la distancia)